Plaza para Guadalinfo

50280_112720262090441_3167916_n.jpg

Plaza para Guadalinfo

16/01/2014

Procedimiento selectivo para una plaza de funcionario interino adscrito al programa 'Guadalinfo'

El objeto de la presente convocatoria, de acuerdo con la Resolución de Alcaldía 15/2014 de 14 de Enero, es la selección, con carácter de urgencia, para cubrir una plaza de funcionario/a interino/a de programa para ocupar el puesto de dinamizador en el ámbito de la ejecución del programa de la Junta de Andalucía denominado “Guadalinfo” en el período comprendido entre el 1 de Enero de 2014 y el 30 de Junio de 2015, todo ello enmarcado en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, de 7 de Enero de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la Red de Centros de Acceso Público a Internet en municipios y zonas necesitadas de transformación social de Andalucía y de puntos de acceso público a Internet en comunidades andaluzas, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 8 de 14 de Enero de 2014.

 

El régimen de nombramiento es de Funcionario/a Interino/a de programa en razón de la circunstancia de EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE RED DE CENTROS GUADALINFO para el período comprendido entre el 1 de Enero de 2014 y el 15 de Junio de 2015 (Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía de 7 de Enero de 2014, publicada en el BOJA número 8 de 14 de Enero de 2014), todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1.c de la Ley 712007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (LEBEP), y en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 55 la misma Ley; el artículo 27 del Real Decreto 36411.995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y la Orden APUl1461/2002, de 6 de junio, donde de establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino. 

 

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por el sistema de concurso, de una plaza, a jornada completa, de Dinamizador para el Centro Guadalinfo de Umbrete, según se establece en la expresada Orden de Incentivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía constituyendo estas funciones una actividad singular y autónoma, con sustantividad propia, no teniendo carácter permanente ni indefinido, no siendo habituales ni ordinarias, por lo que no existe en la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento el puesto de trabajo a seleccionar.

 

El nombramiento se realizará al amparo de la mencionada Orden de 7 de Enero de 2014, en cuya convocatoria ha participado el Ayuntamiento de Umbrete, según se ha acordado en Resolución de Alcaldía 15/2014 de 14 de Enero.

 

Respecto a los nombramientos a efectuar, estas Bases regirán la selección del/la profesional de referencia en función de la cuantía otorgada al Ayuntamiento de Umbrete en relación a la referida Orden de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

 

Este procedimiento selectivo se efectúa a fin de cumplir lo establecido en el art. 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Los nombramientos tendrán la duración del programa o servicio subvencionado con un objeto concreto y específico que depende de la Orden de Incentivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

 

El inicio de las actividades tendrá lugar en la temporalización del programa subvencionado al Ayuntamiento de Umbrete, para el período 2014-2015 previsto en la expresada Orden, a fin de poder justificar las cantidades desembolsadas por la Junta de Andalucía y el Consorcio Fernando de los Ríos, para esta finalidad y en los plazos previstos.

 

Las presentes Bases se harán públicas en los Tablones de Anuncios Municipales y en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Umbrete ( www.umbrete.es ).

 

2.- REQUlSlTOS DE LOS ASPIRANTES:

 

Para ser admitido/a en las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos el último día del plazo de presentación de instancias:

A) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, con las excepciones establecidas en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

B) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

C) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima legal de jubilación forzosa.

D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Aut6nomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

E) Poseer la titulación mínima de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior, así como un año de experiencia en tareas de dinamización o formación directamente relacionadas con el puesto a ocupar.

 

3.- SOLICITUDES:

 

Dada la urgencia del procedimiento, los interesados deberán solicitar su participación en la convocatoria, presentando instancia en el Registro General del Ayuntamiento de Umbrete hasta el día 21 de Enero de 2014, en horario de 09:00 a 13:00 horas , debidamente cumplimentada, a la que se acompañará:

a) Fotocopia del DNI y de la Tarjeta de la Seguridad Social

b) Informe actualizado de Vida Laboral.

c) Fotocopia compulsada de la titulación mínima exigida, o superior.

d) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la experiencia mínima exigida.

e) Curriculum vitae, acompañado de los certificados de formación, contrato de trabajo, certificado de empresa, certificado de vida laboral así como cualesquiera otros méritos que consideren oportunos para su valoración con las acreditaciones correspondientes para la valoración de éstos, y manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

 

Para la admisión de cualquier solicitud enviada por correo postal o a través de otro organismo público será preciso el envío, dentro del plazo establecido, de una comunicación por fax (955715721) o correo electrónico ( umbrete@dipusevilla.es ) haciendo constar el hecho envío de la documentación y justificación del mismo, no admitiéndose la candidatura que no cumpla tal requisito.

 

El día, hora y lugar de inicio de las pruebas, así como la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se insertara en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sito en Plaza de la Constitución nº8, y se señalará un plazo de dos días para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Se podrá prescindir del trámite de la lista provisional de admitidos y excluidos cuando no exista ninguno/a en cuyo caso se aprobará definitivamente la lista de admitidos/as.

 

4.- SISTEMA DE SELECCIÓN: El procedimiento selectivo se efectuará mediante concurso, constando de las siguientes fases;

 

4.1.- Cursos:

Por formación recibida o impartida en Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, siempre que se encuentren directamente relacionados con las tareas a desarrollar y que hayan sido impartidos por Organismos Públicos, Organizaciones Sindicales o Colegios Profesionales y Entidades privadas homologadas al efecto por las Administraciones Públicas, acreditado mediante el título oficialmente expedido, o en su caso, certificación expedida por el Organismo competente, en ambos casos con especificación de las horas que se valoraron, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

 

- Cursos de 20 a 40 horas: 0,05 puntos.

- Cursos de 41 a 60 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 61 a 100 horas: 0,15 puntos.

- Cursos de 101 a 150 horas: 0,20 puntos.

- Cursos de 151 a 300 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 301 a más horas: 0,30 puntos.

- Curso de Adaptación Pedagógica: 0,50 puntos.

 

No se valorarán aquellos cursos en los que no se acredite el número de horas. El crédito se considerará equivalente a diez horas (R.D. 1497/1987 de 27 de Noviembre), para cursos de fecha anterior al 6 de Septiembre de 2003. A partir de esa fecha, cada crédito se valorará como equivalente a 25 horas (Real Decreto 1125/2003 de 5 de Septiembre)

 

4.2.- Experiencia Profesional:

 

Los servicios prestados, siempre que directamente relacionados con el puesto a cubrir, se valorarán de la forma siguiente, hasta un máximo de 3 puntos:

- Por cada mes de servicios prestados a jornada completa en puestos de igual o superior categoría y cualificación en  Ayuntamientos 0,1 puntos.

-  Por cada mes de servicios restados a jornada completa, en puestos de igual o superior categoría y cualificación en otra Administración Públicas 0,05 puntos,

-  Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, no contabilizándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.

 

4.3.- Titulación:

 

Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1,00 puntos, en la forma siguiente:

- Licenciatura Universitaria: 2 puntos

- Diplomatura Universitaria: 1 puntos

 

No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A efectos de equivalencia de titulación, solo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general.

 

4.4.- Entrevista Personal:

 

Esta fase consistirá en una entrevista personal, en la que se valorara la aptitud, las competencias, las actitudes, y el grado de conocimiento teórico-practico del aspirante en relación con el puesto a cubrir y tareas a desarrollar. La fase de entrevista se iniciará por orden alfabético. La puntuación máxima a obtener en dicha entrevista será de 3 puntos.

 

5.- ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS:

 

Los méritos aportados serán acreditados mediante la presentación de la siguiente documentación:

 

Para los Cursos: Diploma o certificación de asistencia, expedido por el Organismo Público, Entidad o Centro correspondiente, donde consten las horas lectivas del Curso, Jornada o Seminario, y tengan relación directa con las materias propias de la categoría que nos ocupa, los cuales se acreditaran con fotocopia compulsada.

 

Para los servicios prestados: Vida Laboral y Copia de los Contratos, o Certificación expedida por el órgano competente, en la que conste la naturaleza del vínculo, denominación del puesto y duración de la jornada, los cuales se acreditarán mediante fotocopia compulsada o aportación del documento original.

 

6.- PUNTUACIÓN FINAL:

 

La calificación definitiva se obtendrá sumando la puntuación obtenida en las 3 fases anteriormente indicadas, elevando el Tribunal a la Corporación, propuesta en orden de mayor a menor puntuación de aspirantes aprobados.

 

7.- LISTA DE RESERVA:

 

El Tribunal podrá establecer una lista de reserva, de forma que si tuviese lugar la renuncia o el cese del funcionario por cualquier causa legal, o para cubrir una vacante que se produzca por Incapacidad Temporal o cualquier otra causa que haga necesario su provisión, pudiera proveerse la plaza en función del orden de puntuación obtenida.

 

8.- TRIBUNAL CALIFICADOR

 

De acuerdo con lo establecido en el art. 60.1 del LEBEP, los órganos de selección serán colegiados, y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. El Tribunal Calificador, de acuerdo con lo establecido en el art. 60.2 y 3 del citado LEBEP, estará compuesto por los siguientes miembros, quienes pertenecerán al órgano de selección siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse la pertenencia en representación o por cuenta de nadie.

 

----- ----- -----

Presidente:  D. Francisco J. Valenzuela Medina.

Suplente Presidente:  Dª. Ana Belén Jiménez Castilla

Secretario:  D. Francisco Rodriguez Agredano

Suplente Secretario:  D. Israel Molina España

Vocal 1:  Designado por Consorcio Fdo de los Ríos

Suplente Vocal 3: Designado por Consorcio Fdo de los Ríos

 

9.-INCIDENCIAS.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias puedan plantearse, no recogidas en las presentes Bases, así como adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de la presente convocatoria.