Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal

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Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal

16/05/2014

Programa conjunto Ayuntamiento-Diputación para mejorar el bienestar social de las personas que más están sufriendo esta crisis

El Ayuntamiento de Umbrete, mediante resolución de alcaldía número 228/2014, dictó adherirse al Programa que la Excma. Diputación Provincial de Sevilla ha publicado en el BOP número 99 del día 2 de mayo de 2014, las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal para los Municipios y Entidades Locales Autónomas (ELA) de la Provincia de Sevilla, con objeto de procurar la colaboración entre la citada Diputación y los Ayuntamientos y Entidades Locales para mejorar el bienestar y la calidad de vida de los habitantes de la provincia de Sevilla, especialmente aquellos más desfavorecidos que se están viendo afectados por los efectos de la crisis económica.

 

Los objetivos inmediatos del Programa son:

 

-          Facilitar recursos a familias con problemáticas socioeconómicas.

-          Mejorar situaciones de exclusión social.

-          Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres en situación de riesgo, con carácter preferente víctimas de violencia de género.

-          Contratar a jóvenes con dificultades sociales que les impidan continuar con sus estudios universitarios.

 

La finalidad del Programa es:

 

-          Ofrecer contrataciones de carácter temporal a personas que padezcan problemáticas socioeconómicas graves que cumplan los requisitos de las bases .

-          La duración del programa será hasta el 31 de diciembre de 2014.

-          Los /as beneficiarios/ as serán contratados como Peón Servicio de la vía Pública y Jardines.

-          El número de personas ha contratar por mes, vendrá determinado por las necesidades del servicio.

-          La financiación de cada contrato incluido en el programa no superará, incluyendo las cotizaciones a la seguridad social, los 1.000,00 € cómputo mensual, o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración al mes.

 

 

A)      Beneficiarios y requisitos:

 

-          Acreditar la situación de desempleo.

-          Los ingresos de toda la unidad familiar han de estar en umbrales económicos inferiores al 1,5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, es decir por debajo de 798,76 €/mes.

 

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IPREM diario

17,75 €

IPREM mensual

532,51€

IPREM anual

6.390,13 €

 

-          A los efectos de esta convocatoria, entendemos por Unidad Familiar la constituida por los cónyuges (o parejas de hecho registradas formalmente), y los hijos que convivan en el domicilio familiar; y el padre, o la madre, soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente, y los hijos menores que con él, o con ella, convivan. No se considerarán incluidos en la Unidad Familiar a otros miembros de la familia extensa, aunque convivan en el mismo domicilio.

 

-          Tendrán prioridad aquellas personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo y miembros de unidades familiares que no hayan tenido durante 2013 un contrato de trabajo correspondiente al Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal de la Diputación. Igualmente serán prioritarios los contratos en algún miembro de las unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios.

 

 

 

B)      Documentación a entregar:

 

·         Fotocopia del D.N.I. del/la solicitante.

·         Fotocopia de la Tarjeta de la Seguridad Social del /la solicitante.

·         Fotocopia de la Tarjeta de Demanda de Empleo del /la solicitante.

·         Certificado de no estar percibiendo actualmente prestación o subsidio, en su defecto del importe y periodo de percepción de TODA LA UNIDAD FAMILIAR.

·         Certificado de la Seguridad Social de no figurar como titular de pensiones, o en su defecto concepto y cuantía de TODA LA UNIDAD FAMILIAR.

·         Justificación de los ingresos mensuales de aquellos miembros que lo perciban (pensiones, prestación por desempleo, autónomos, nómina, baja por enfermedad,  .................)

 

·         En el caso de familias monoparentales, fotocopia de la sentencia judicial de separación o divorcio que acredite la guarda y custodia de los menores a favor de la persona solicitante, así como el convenio regulador o auto medidas provisionales donde consten las pensiones compensatorias y/o de alimentos.

 

·         En el caso de que el solicitante tenga personas dependientes a su cargo, fotocopia de la Resolución emitida por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que acredite la aprobación del Programa Individual de Atención referido a la persona solicitante en situación de dependencia.


En todo caso, el Ayuntamiento de Umbrete podrá requerir de oficio cualquier otra documentación que se estime conveniente, así como tramitar por sí mismo cuantas gestiones sean necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Plazo de presentación de solicitudes :

La fecha límite de presentación de solicitudes (instancia) y documentos, será las 14:00 horas del día 22 de mayo de 2014 y serán entregadas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Umbrete. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo.

 

LAS PERSONAS QUE SOLICITARON LA OFERTA DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE UMBRETE PUBLICADA EL PASADO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 Y LAS QUE SOLICITARON EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE URGENCIA MUNICIPAL PUBLICADA EL PASADO 7 DE ENERO DE 2014, NO TENDRÁN QUE VOLVER A SOLCITARLO, PUESTO QUE DICHAS SOLICITUDES SERÁN TENIDAS EN CUENTA PARA ESTE PROGRAMA, SIEMPRE QUE CUMPLAN TODOS LOS REQUISITOS.

 

 

Las solicitudes que estén completas, serán valoradas a través de una entrevista personal por orden de Registro de Entrada. Las condiciones socioeconómicas que determinen la selección de una persona han de mantenerse hasta la finalización de su contrato, su alteración podrá ser causa de resolución del mismo.

 

Los encargados de evaluar a las personas destinatarias, conforme a los criterios de las Bases, serán los/as Técnicos /as de los Servicios Sociales Comunitarios y del Punto de Información a la Mujer del Ayuntamiento de Umbrete, previo Informe Social. Desde estos servicios se determinará tanto los beneficiarios /as, como la distribución y duración de los contratos.