POR FAMILIA NUMEROSA
De acuerdo con el Artículo 10.7 de la Ordenanza Fiscal Núm. 11, reguladora del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, los sujetos pasivos que a la fecha de devengo del Impuesto ostenten la
condición de titulares de familia numerosa tendrán derecho a una bonificación en la cuota
íntegra del Impuesto correspondiente a su vivienda habitual.
El plazo máximo hasta el que se podrá solicitar la bonificación será hasta el 28 de
febrero de 2022. La presentación fuera de este plazo podrá determinar la desestimación de la
solicitud.
Nombre | Tamaño | Tipo |
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AB BANDO PLAZO SOLICITUD BONIFICACION IBI FAMILIA NUMEROSA | 323,84 KB |